Actualizan honorarios de miembros de juntas o consejos directivos de entidades descentralizadas a UVT
04 de Enero de 2022
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Se actualizaron los honorarios de los miembros de juntas o consejos directivos, comités o comisiones de las entidades descentralizadas del orden nacional referidas en el Decreto 1486 de 1999 a la unidad de valor tributario vigente (UVT), de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1955 del 2019 y el Decreto 1882 del 2021.
Para la fijación de los honorarios deberán tenerse en cuenta los siguientes criterios:
- Se fijarán por resolución en unidades de valor tributario (UVT) vigentes, por sesión.
- Se establecerán de acuerdo con el nivel de activos del respectivo establecimiento público, empresa industrial y comercial del Estado, sociedad de economía mixta o sociedad en que la Nación posea participación mayoritaria, tomando en consideración las disponibilidades presupuestales y viabilidad financiera.
- Por las sesiones realizadas en un mismo día solo podrá pagarse el equivalente a una sesión.
- Por las reuniones de juntas o consejos directivos no presenciales se pagarán los honorarios establecidos para las sesiones presenciales, previa modificación de los estatutos sociales o aprobación por la asamblea general de accionistas.
El Decreto modifica el artículo 2.5.3.1.4. del Capítulo 1 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 Decreto 1068 del 2015, único reglamentario del sector Hacienda y Crédito Público.
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