Financiación del programa ‘Casa Digna, Vida Digna’ por organismos multilaterales será priorizada con enfoque territorial
25 de Febrero de 2022
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, a través de la Resolución 129, del pasado 17 de febrero, adicionó un parágrafo al artículo 1 de la Resolución 406 del 2019, por la cual se establecen las condiciones para la distribución territorial y la aplicación de subsidios con enfoque diferencial del programa Casa Digna, Vida Digna.
De acuerdo con la norma, en los casos en los que la financiación de los subsidios asignados en el marco del programa en mención se realice a través de contratos de préstamo, empréstito, donación o cualquier otra figura que involucre el ingreso de fuentes externas de financiación de organismos multilaterales, se podrán priorizar las intervenciones en los municipios y distritos propuestos por la fuente de financiación y que sean aprobados.
Dentro de las consideraciones, la entidad tuvo en cuenta que el Gobierno Nacional, a través de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional en Colombia (APC) y los ministerios de Cultura y Vivienda, suscribió convenio de financiamiento no rembolsable con el Banco Interamericano de Desarrollo para la ejecución del programa de integración sociourbana de migrantes en ciudades colombianas.
Este último incluye un componente de ejecución relacionado con la inversión en intervenciones de mejoramiento de vivienda que se llevan a cabo a través del programa Casa Digna, Vida Digna.
Teniendo en cuenta la fuente de financiación para la operación de estos programas, así como la necesidad de establecer condiciones de cobertura territorial alineadas con los objetivos específicos de este tipo de financiación, se establecen lineamientos para la focalización territorial en los casos en los que las intervenciones de mejoramiento se financien con este tipo de recursos.
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