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Tributario


Así se debe efectuar el registro contable de varias reservas creadas en una copropiedad

23 de Mayo de 2017

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Frente al registro contable de varias reservas creadas en una propiedad horizontal, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública indicó que en el presupuesto debe incluirse la partida referente a imprevistos, incluyendo el fondo de imprevistos establecido por la ley y la reserva técnica estipulada en los estatutos de la copropiedad. (Lea: Así se pueden contabilizar las cuotas extraordinarias en una copropiedad)

 

Sin embargo, el concepto aclaró que, en la contabilidad, estos componentes de la cuota de administración hacen igualmente parte de los ingresos, de tal manera que cuando la copropiedad haya generado excedentes, en especial como consecuencia de no haber utilizado la partida asignada a imprevistos, la asamblea, al aprobar los estados financieros y la propuesta de destinación de excedentes, debería determinar la constitución de una reserva con destinación específica para reclasificar los excedentes en el patrimonio.

 

Además, si el fondo de imprevistos no fue utilizado durante el periodo, sería necesario esperar a que en el activo se reflejara la partida no utilizada, que estaría soportando el monto de la reserva. (Lea: Registro contable de rendimientos de cuotas extraordinarias depende de condiciones fijadas por copropietarios)

 

Ahora bien, el documento también explicó la diferencia entre los conceptos de presupuesto y contabilidad afirmando que primero es una proyección futura de las rentas y expensas necesarias (ingresos y gastos) para el mantenimiento, vigilancia, mejoramiento, reparación de bienes de la copropiedad, entre otros, que generalmente se establecen para un periodo anual.

 

Por su parte, explicó que el objetivo de la contabilidad es regular el tratamiento de la información económica, financiera y social que se genera en el entorno o en el interior de la empresa o ente económico.

   

Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 189, Mar. 2/17

 

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