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Cesionario de bases de datos personales es responsable de su tratamiento

27 de Junio de 2017

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Luego de hacer una exposición de consideraciones de orden constitucional, legal, jurisprudencial y doctrinal, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se pronunció sobre la transferencia nacional de datos personales. (Lea: Ciudadanos pueden pedir exclusión de bases de datos en cualquier momento: Superindustria)

 

La SIC precisó que la cesión o transferencia nacional de dichos datos solo procede para la comunicación entre responsables y/o encargados ubicados dentro del territorio nacional con otro responsable. El cesionario, es decir, quien recibe la base de datos, se considera responsable de su tratamiento a partir del momento en que se perfecciona la cesión.

 

Por lo tanto, el responsable, entendido como aquella persona natural o jurídica pública o privada que decide sobre la base de datos y la forma de llevar a cabo su tratamiento determinando los medios empleados para el efecto, como ponerlos en circulación o usarlo de alguna manera o permitir su acceso, tiene, entre otras, la obligación de actualizar y rectificar la información incorrecta e informar al titular el uso que se les da a sus datos personales y tramitar las consultas y reclamos que le sean presentados. 

 

Así mismo, la SIC advierte que si se trata de la delegación por parte del responsable a un encargado para realizar un tratamiento por cuenta del responsable, este último tiene el deber de actualizar, rectificar o suprimir los datos personales que se encuentren en sus bases de datos o permitir el acceso de la información a las personas autorizadas por la ley.

 

Por otra parte, reitera que los datos personales solo pueden suministrarse a: (i) el titular, sus causahabientes o representante legal, con el fin de garantizar el derecho fundamental de conocer dónde se encuentra la información; (ii) a las entidades públicas o administrativas en ejercicio de sus funciones y (iii) a un tercero, previa autorización del titular o por la ley.

 

Inscripción de bases de datos en el registro nacional

 

A propósito de las bases de datos, es oportuno recordar que el Gobierno ampliaría el plazo para inscribirlas en el Registro Nacional de Bases de Datos (Rnbd). Actualmente, las personas jurídicas de naturaleza privada y sociedades de economía mixta inscritas en las cámaras de comercio del país deberán realizar la referida inscripción, a más tardar, el próximo 30 de junio.

 

Pero si se prorrogara el plazo el proceso se llevaría a cabo en los siguientes plazos: 1) Los responsables del tratamiento, personas jurídicas de naturaleza privada y sociedades de economía mixta inscritas en las cámaras de comercio del país, a más tardar, el 31 de enero del 2018 y 2) Los responsables del tratamiento personas naturales, entidades de naturaleza pública distintas de las sociedades de economía mixta y personas jurídicas de naturaleza privada que no están inscritas en las cámaras de comercio, a más tardar, el 31 de enero del 2019.

 

¿Qué es el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD)?

 

Es el directorio público de las bases de datos sujetas a tratamiento que operan en el país, el cual es administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio y será de libre consulta para los ciudadanos.

 

(Superindustria y Comercio, Concepto 17114771, 06/16/2017 )

 

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