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Documentos declarativos emitidos por terceros no constituyen prueba calificada en casación laboral

12 de Mayo de 2016

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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

La Corte Suprema de Justicia reiteró a través de una sentencia que los documentos declarativos que sean emitidos por un tercero no establecen prueba calificada en un recurso casación en material laboral.  (Lea: En materia laboral, recurso de casación no escapa al ámbito de aplicación de la transacción)

 

De igual forma, explicó que este medio de convicción proveniente de una persona ajena a los extremos procesales recibe el mismo tratamiento de una prueba testimonial y, por ello, no es viable dentro del recurso extraordinario de casación que este medio probatorio estructure un error de hecho, lo anterior conforme a la restricción contenida en el artículo 7° de la Ley 16 de 1969.

 

La sala de casación laboral además afirmó que este escrito, pese a ser ratificado por el testigo que lo emitió, posee una naturaleza intrínseca testimonial y debe ser estudiado de manera más rigurosa para así determinar su valor de convencimiento, solo en el evento en que se demuestre error de una prueba que si sea calificada en este recurso.

 

Por lo que si no se demostró una equivocación al valorar el material probatorio calificado para la casación laboral no le es posible a la Corte al estudiar el recurso de casación y  proceder a analizar los documentos declarativos proferidos por un testigo (M. P.: Rigoberto Echeverri Bueno).

 

Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, Sentencia SL26442016 (46403), Mar. 02/16

 

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