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Actualizado hace 9 horas | ISSN: 2805-6396

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Actualizan tabla tarifaria del Soat

27 de Diciembre de 2017

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Nota:
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La Superintendencia Financiera expidió una nueva circular para actualizar las tarifas del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (Soat), que entrarán en vigencia a partir del 1º de enero del 2018, dependiendo la categoría del vehículo. (Lea: Soat no ha sido derogado)

 

Para la categoría de las motos, los precios estarán entre 4,13 y 13,03 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) y los vehículos familiares pagarán entre 7,64 y 12,91 SMLDV y para los taxis y microbuses estará entre 9.47 y 17.81 SMLDV. (Lea: Así es el Soat digital)

 

La entidad precisó que el ajuste se realizó para todo el parque automotor, con excepción de los ciclomotores (bicicletas eléctricas), cuya tarifa fue establecida en julio del 2017. (Lea: Ciclomotores no podrán usar ciclorrutas, deberán tener Soat y licencia de conducción)

 

También recordó que el Soat es un seguro calculado con base en el salario mínimo vigente, por lo que su valor en pesos se determina con el salario que rija para cada año, es decir, que una vez se ajuste el salario mínimo para el 2018 el precio del seguro se incrementará automáticamente.

 

 

(Clic para ampliar la tabla)

Tabla periódica ortografía

 

 

¿Cuáles son los amparos que cubre el Soat en cuanto a servicios médicos?

 

  1. Atención inicial de urgencias y atención de urgencias.
     
  2. Hospitalización.
     
  3. Suministro de material médico-quirúrgico, osteosíntesis, órtesis y prótesis.
     
  4. Suministro de medicamentos.
     
  5. Tratamientos y procedimientos quirúrgicos.
     
  6. Servicios de diagnóstico.
     
  7. Rehabilitación.

 

¿Cuáles son las coberturas y las cuantías del seguro?

 

Coberturas

Cuantías

Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios

Hasta 800 SMLDV

Incapacidad permanente

Hasta 180 SMLDV

Muerte y gastos funerarios

750 SMLDV

Gastos de transporte y movilización de los lesionados

10 SMLDV

Nota: Los amparos son para cada lesionado sin importar su número, con excepción de lo previsto para gastos de transporte que se reconocerá en atención a la capacidad del medio de transporte para movilizar en las debidas condiciones a los lesionados.

 

 

¿Cómo operan las coberturas en caso de un accidente?

 

Los ocupantes están cubiertos por la póliza del vehículo en el que se desplazan.

Los peatones están cubiertos por las pólizas de los vehículos que intervienen en el accidente y podrán reclamar a cualquiera de las aseguradoras (sin acumulación).

Cuando exista un accidente entre un vehículo asegurado y otro no asegurado o no identificado, el pago de las indemnizaciones que correspondan a los terceros no ocupantes correrá a cargo de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud. 

 

(Superfinanciera, Circular externa 038, Dic. 26/17)

 

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