General
Estado no es responsable por cualquier violación de derechos humanos cometida entre particulares
31 de Marzo de 2016
La Sección Tercera del Consejo de Estado reiteró que la imputación de responsabilidad del Estado por violar los deberes que surjan a partir de la posición de garante no pueden ser valorados a partir de escenarios abstractos o genéricos. (Lea: Violaciones de derechos humanos por la fuerza pública quebrantan el Estado social de derecho )
A su juicio, los deberes de adoptar medidas de prevención y protección de los particulares en sus relaciones entre sí se encuentran condicionados al conocimiento de una situación de riesgo real e inmediato para un individuo o grupo de individuos determinado y a las posibilidades razonables de prevenir o evitar ese riesgo.
Dicho deber positivo, agregó, no opera automáticamente, sino que requiere que haya sido convocado, promovido o que se haga cognoscible la situación de riesgo que padecía (o padece) un determinado sujeto, en atención o bien a su calidad, a la situación fáctica o las actividades que este despliegue (C. P. Jaime Santofimio).
Consejo de Estado Sección Tercera, Sentencia 73001233100019971555701 (36305), Feb. 29/16
Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvil. Solicite un demo.
Opina, Comenta