Estos son los principios que sustentan la declaración de nulidad en casación (7:00 a.m.)
01 de Marzo de 2018
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Nota:
59996
La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia explicó que para que algún motivo de nulidad sea pilar para lograr la casación de un fallo es necesario que se observen los principios que gobiernan aquella institución, como lo es el de especificidad, el de protección, el de trascendencia y el de convalidación, porque de ocurrir lo contrario debe desestimarse la censura y la sentencia controvertida conservará su vigor jurídico. El primero alude a la necesidad de que los hechos alegados se subsuman dentro de alguna de las causales de nulidad taxativamente señaladas, mientras que el segundo se relaciona con la legitimidad y el interés para hacer valer la irregularidad legalmente erigida en causal de nulidad, en cuanto, dado el carácter preponderantemente preventivo que le es inherente, su configuración se supedita a que se verifique una lesión a quien la alega. Por su parte, la trascendencia impone que el defecto menoscabe los derechos de los sujetos procesales, por atentar contra sus garantías o cercenarlas y, finalmente, la convalidación excluye la configuración de la nulidad cuando el perjudicado ratifica, expresa o tácitamente, la actuación anómala, en señal de ausencia de afectación a sus intereses (M. P. Aroldo Wilson Quiroz).
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