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Por falta de recolección de basura sí hay derecho a descuento en la factura del servicio

13 de Febrero de 2018

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Sobre los posibles descuentos que se aplican en la factura del servicio público de aseo por fallas en la recolección de residuos sólidos es pertinente señalar que la Resolución 720 del 2015 de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), marco tarifario de aseo vigente para el país, contempla la obligatoriedad que tienen las empresas de servicios públicos de aplicar descuentos en la factura de los usuarios debido a fallas en la prestación del servicio. (Lea: Empezó a regir nueva reglamentación de uso y disposición de residuos de construcción)

 

Así lo explicó el ministro de Vivienda, Camilo Sánchez, quien además aclaró que esta medida tiene en cuenta el incumplimiento por la falta de recolección de residuos sólidos en los días y las horas en los que regularmente opera la ruta de la empresa de aseo. Todo lo anterior bajo el contexto de cambio de modelo de recolección de basuras en Bogotá.

 

Cómo aplica la medida

 

Se tendrá en cuenta el número de frecuencias de rutas que se dejaron de realizar y aquellas que se llevaron a cabo con un retraso superior a tres horas con relación al horario al que se comprometió la empresa dentro de la prestación regular del servicio de aseo para el barrio. (Lea: Nuevo marco tarifario de aseo entró a regir el pasado 1° de abril)

 

Las empresas del servicio público de aseo deberán identificar a los usuarios a quienes incumplió en por lo menos una vez en la frecuencia o el horario de su ruta.

 

Es importante aclarar que se debe esperar hasta la finalización del semestre en el que se presenta la falla, debido a que el cálculo de algunos de los valores que se liquidan dentro de la tarifa se realiza con corte semestral. Así, este descuento deberá verse reflejado en un plazo no mayor a seis meses, contados a partir del 30 de junio del presente año.

 

¿Qué pasa si no se hacen los descuentos?

 

En caso que la empresa no haga efectivos los descuentos durante el periodo señalado deberá hacerlo posteriormente reconociendo a cada usuario afectado el descuento total pendiente y los intereses a que haya lugar.

 

Se debe tener en cuenta que estos descuentos son aplicados por las empresas que prestan el servicio público de aseo, no por los municipios o distritos.

 

Además, se debe considerar que las fallas en la prestación son analizadas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, entidad que podrá investigar y sancionar por la situación presentada en la ciudad.

 

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